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Lo que necesitas saber sobre el Programa de Reunificación Familiar

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¿Cuáles son las últimas actualizaciones del programa de reunificación familiar?

Las últimas actualizaciones se realizaron en noviembre de 2023, cuando el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (US Department of Homeland Security, DHS) anunció la implementación de nuevos procedimientos de permisos humanitarios para la reunificación familiar en Colombia, El Salvador, Guatemala, Honduras y Ecuador. Esto con el fin de reducir la inmigración irregular en los Estados Unidos; una medida impulsada por la administración Biden-Harris.

¿Quiénes pueden solicitar este formulario para traer a un familiar?

Pueden solicitar el formulario ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes (portadores de la Green Card) que han presentado un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, a nombre de un familiar y que USCIS haya aprobado. De acuerdo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración, los procedimientos para solicitar la reunificación familiar están disponibles únicamente mediante una invitación para selectos solicitantes. En la siguiente pregunta explicaremos mejor la información.

¿Quién es elegible para aplicar para el programa de reunificación familiar?

Eres elegible como peticionario para presentar el Formulario I-134A en línea y solicitar ser una persona de apoyo e iniciar el permiso humanitario a nombre de un beneficiario principal y sus familiares inmediatos, si cumples con los siguientes requisitos:

  • Eres un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal de Estados Unidos (tienes una tarjeta de residente permanente)
  • Presentaste el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, para un beneficiario principal y USCIS lo aprobó.
  • Recibiste una invitación por escrito para presentar un Formulario I-134A para convertirte en una persona de apoyo e iniciar el proceso FRP a nombre del beneficiario principal de su Formulario I-130 aprobado y los familiares inmediatos de este. 
  • No se le había otorgado una visa de inmigrante al beneficiario principal al momento en que se le emitió la invitación para presentar el Formulario I-134A.

Nota: Si no has recibido una invitación por escrito para presentar una solicitud, pero decides  presentar el Formulario I-134A, USCIS no lo considerará y el beneficiario principal no obtendrá el permiso de permanencia temporal bajo el proceso FRP (Family Reunification Parole).

¿Quién no es elegible?

Según USCIS, la DHS considera como no elegible bajo estos procesos si el beneficiario:

  • Ha cruzado irregularmente hacia Estados Unidos entre puertos de entrada estadounidenses después del 10 de julio de 2023. Sin embargo, el DHS no considerará que un beneficiario sea inelegible, basándose únicamente en un caso de salida voluntaria, conforme a la sección 240B de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), ni en la retirada de su solicitud de admisión, según la sección 235(a)(4) de la INA.
  • Ha sido interceptado en el mar después del 10 de julio de 2023.
  • Ha sido sometido a una orden de remoción de Estados Unidos en los últimos cinco años o está sujeto a una prohibición de admisión basada en una orden de remoción previa.

¿Cómo presentar la solicitud para el programa?

Es importante aclarar que es por medio de un proceso de invitación. Si eres elegible para presentar el Formulario I-134A como peticionario, puedes recibir una invitación por escrito, o por correo electrónico o correo postal, que establece un plazo de 12 meses para presentar la solicitud. El Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado enviará por correo electrónico la invitación a los peticionarios si hay una dirección de correo electrónico registrada asociada con su Formulario I-130 aprobado.

Si cumples con estos requisitos, pero no estás seguro si te llega  la invitación a la dirección correcta, ingresa los datos de tu beneficiario al Centro Nacional de Visas (NVC) y asegúrate que la información de contacto esté correcta

Después de recibir una invitación, tú siendo el peticionario debes presentar el Formulario I-134A para cada beneficiario a través de tu cuenta en línea de USCIS. El Formulario I-134A identifica y recopila información tuya como la del beneficiario. Debes presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario que deseas apoyar, incluidos los hijos menores de edad.

¿Dónde puedo conseguir asistencia legal para que me ayuden con el proceso? 

Pueden existir muchas estafas por parte de abogados que te hacen creer que puedes aplicar o solicitar a alguien bajo este programa, por eso es muy importante que leas los requisitos de elegibilidad. En este caso para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras, solo se puede aplicar si se recibe la invitación explicada anteriormente. 

Aquí en este artículo vas a encontrar abogados gratuitos que te pueden brindar asesoramiento. Recuerda que toda la información también la puedes encontrar aquí en la página oficial de USCIS. 

**Noticias Para Inmigrantes es una organización de medios y comunicación que brinda informes y comentarios independientes sobre temas que afectan a la comunidad inmigrante en los Estados Unidos. Cabe resaltar que no brindamos asesoría  ni consejos legales para ningún caso, a menos, que entrevistemos a fuentes especializadas en el tema. Es importante clarificar que cada caso es diferente y es importante consultar con su abogado de turno.

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Isabel Cristancho es Community Coordinator en Noticias para Inmigrantes. Estudió Comunicación Social y Periodismo en la Universidad Externado de Colombia, y cuenta con experiencia en redacción, manejo y creación de contenido para medios digitales. También es Holistic Health Coach de IIN, y su pasión es ayudar a las personas a mejorar su calidad de vida, en este caso, su principal función es servir a la comunidad latina brindando información valiosa.